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ARTÍCULO 16.- Renovación de autorización
Para renovar la autorización de oferta pública de una emisión de
papel comercial en condiciones iguales, solo será necesario que el emisor
notifique por escrito a la Superintendencia, por lo menos diez días
hábiles antes de la fecha de vencimiento de la emisión en circulación,
siempre que la Superintendencia no objete esta solicitud dentro del plazo
antes señalado y se cumpla, en lo pertinente, con las demás disposiciones
de esta ley y sus reglamentos
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