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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 17
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 17
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Artículo 17
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17

ARTÍCULO 17.- Emisión

El papel comercial, los bonos y sus cupones de interés podrán ser

emitidos a la orden o al portador y tendrán carácter de título ejecutivo

para efectos de exigir su cumplimiento, de conformidad con el artículo 630

del Código Procesal Civil.

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