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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 48
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 48
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Artículo 48
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48

ARTÍCULO 48.- Aplicación de normas

Las normas de los artículos 45, 46 y 47 se aplicarán en lo pertinente

a los contratos de contado.

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