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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 73
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 73
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Artículo 73
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73

ARTÍCULO 73.- Responsabilidad de aplicar políticas

Las sociedades administradoras de fondos de inversión serán

responsables de aplicar las políticas de inversión contenidas en el

prospecto de los fondos que administre, las cuales serán de cumplimiento

obligatorio.

Las sociedades administradoras serán solidariamente responsables ante

los inversionistas por los daños y perjuicios ocasionados por sus

directores, empleados o personas contratadas por ellos para prestarle

servicios al fondo, en virtud de la ejecución u omisión de actuaciones

prohibidas o exigidas, según corresponda, por el prospecto, las

disposiciones de este título, la Superintendencia y sus disposiciones

sobre la materia.

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