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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26431 >> Fecha 02/10/1997 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26431 - Articulo 13
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Artículo 13    (No vigente*)
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    Artículo 13.—La Dirección de Investigaciones Agropecuarias estará conformada por:

- Departamento Agrícola.

- Departamento de Investigación Pecuaria.

- Departamento de Suelos y Evaluación de Tierras.

NOTA: Mediante el artículo 49 del decreto ejecutivo N° 31857 del 19 de mayo de 2004, se establece  que  las funciones y competencias que se establecían a la Dirección Nacional de Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, serán ejecutadas y corresponderán al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria -INTA- comprendiendo dentro de éstas las correspondientes a la administración y funcionamiento de las Estaciones y Campos Experimentales.

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