CAPITULO II
De la organización
Artículo 3°La
estructura del Ministerio de Agricultura y Ganadería estará bajo la dirección
jerárquica del Despacho Ministerial, el cual está formado por:
El Ministro, quien es el
superior jerárquico de conformidad con la Ley General de la Administración Pública y a
la vez Ministro Rector del Sector Agropecuario según la Ley FODEA No 7064.
Le corresponde al
Ministro Rector orientar y coordinar todo lo relativo al área de Desarrollo Rural.
El Viceministro, quien
es el superior jerárquico de todo el personal del Ministerio, cuyas funciones son
definidas por la Ley de Administración Pública, sustituirá al Ministro en sus ausencias
temporales cuando así lo disponga el Presidente de la República. Asimismo definirá las
políticas institucionales que se operativizarán mediante los procesos de planificación,
seguimiento y evaluación técnico financiero a los cuales deberán sujetarse todas las
instancias técnicas y administrativas.
El Despacho Ministerial
contará con los asesores e instancias asesoras necesarias para el cumplimiento de sus
funciones como:
- Prensa, instancia de
asesoría permanente, tendrá como finalidad dar a conocer las actividades del MAG,
informando a los medios de comunicación, funcionarios y funcionarías , entidades
públicas y privadas y público en general, sobre los aportes del Ministerio al Sector
Agropecuario Costarricense.
Tendrá las siguientes
funciones:
1. Elaborar materiales divulgativos para la
prensa escrita, radio y televisión.
2. Difundir información institucional
hacia medios públicos externos, para atender la imagen del Ministerio.
3. Preparar materiales informativos para
los funcionarios (as) del Ministerio.
- Cooperación Internacional y
Negociaciones Comerciales.
Tendrá las siguientes
funciones:
1. Coordinar con otras instancias públicas
y privadas la elaboración de propuestas relacionadas con el comercio internacional de
bienes y servicios agropecuarios y sus derivados.
2. Coordinar la elaboración de planes,
programas y proyectos orientados a facilitar el apoyo a la producción agropecuaria
nacional en función de los parámetros de competitividad exigidos por el comercio
internacional y la cooperación internacional.
3. Asesorar la formulación y dar
seguimiento de los convenios que suscribe el Ministerio con organismos internacionales.
4. Coordinar, asesorar y apoyar a la
institución en los procesos de identificación, jerarquización y formulación de los
proyectos de cooperación internacional.
5. Mantener una estricta coordinación con
los Ministerios de Planificación Nacional y Política Económica, de Relaciones
Exteriores y Culto y con entes de cooperación y comercio internacional, bilateral y
multilateral
6. Coordinar y participar en la evaluación
y seguimiento de los proyectos de cooperación internacional.
7. Coordinar y efectuar las acciones
requeridas para la eficiente tramitación y ejecución de los proyectos de cooperación y
negociación internacional.
- Contraloría de Servicios
La Contraloría de
Servicios tendrá como objetivo la protección de los intereses y derechos de quienes
requieran de los servicios que brinda el MAG. Tendrá como funciones las señaladas en el
Decreto ?26025 Planificación, publicado en La Gaceta No 96 del 2] de mayo de
1997.
- Unidad de Planificación Estratégica
(UPE)
La Unidad de
Planificación Estratégica tendrá las siguientes funciones:
1. Generar la normativa y los instrumentos
en materia de planificación, seguimiento y evaluación para toda la acción
institucional, tanto en los organismos técnicos como administrativos.
2. Orientar la formulación de los planes y
programas generales del MAG de corto, mediano y largo plazo.
3. Orientar el proceso de programación
presupuestaria, para todas las fuentes de financiamiento de la institución.
4. Capacitar a las diferentes instancias
del MAG en los distintos procesos y procedimientos de planificación.
5. Elaborar los instrumentos metodológicos
para que las diferentes instancias del MAG puedan ordenar, uniformar y facilitar las
labores de planificación, seguimiento y evaluación requeridas por la institución.
6. Integrar y supervisar el Programa Anual
Operativo de la institución, mediante la articulación de los diferentes programas
específicos.
7. Integrar políticas, planes,
presupuestos y normativas que formulen las diferentes unidades de ejecución ministerial.
8. Realizar el seguimiento y evaluación
del PAO institucional.
9. Establecer los vínculos necesarios con
el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), el Ministerio
de Hacienda y la Contraloría General de la República, para asegurar el cumplimiento de
los procesos de rendición de informes sobre el accionar de la institución.
10. Asegurar el seguimiento de los
compromisos de la institución con otros entes u organismos con los cuales se tengan
acuerdos, convenios y cartas de entendimiento para impulsar programas o proyectos
orientados al desarrollo agropecuario y rural.
11. Asesorar a las autoridades superiores
en la formulación de políticas, lineamientos y directrices sobre el accionar
institucional.
12. Preparación de estudios y documentos
relacionados con la sustentación y operacionalización de políticas institucionales.
13. Evaluar programas especiales del MAG en
función de las necesidades y demandas de las autoridades superiores.
14. Elaborar la Memoria Anual del MAG.
15. Participar activamente en los procesos
de planificación e integración sectorial.
16. Participar activamente en los esfuerzos
nacionales para la organización de los sistemas agroproductivos y los estudios de cadenas
agroalimentarias.
17. Coordinar la elaboración del
presupuesto anual de la institución, con la participación de todos las instancias .de la
institución, especialmente con los departamentos Financiero y Recursos Humanos.
18. Colaborar en el diseño e
implementación de sistemas de información institucional.
19. Planificar, diseñar y ejecutar la
capacitación en materia de planificación, presupuestación, programación, seguimiento y
evaluación.
- Centro de Capacitación y Comunicación
para el Desarrollo:
El Centro de
Capacitación y Comunicación para el Desarrollo tendrá las siguientes funciones:
1. Desarrollar e implementar metodologías
de capacitación masivas y audiovisuales que permitan una mayor cobertura de los procesos
de extensión y una mejor aplicación de las tecnologías.
2. Producción de materiales didácticos
visuales (vídeo y radió) y escritos (folletos, boletines, guías técnicas) dirigidos a
los productores y productoras nacionales con el enfoque de género.
3. Identificar las necesidades de
capacitación, comunicación e información de los agricultores, productores y sus
familias y de los técnicos del MAG a nivel central, regional y local en las agencias de
extensión, así como la capacidad instalada en el sector.
4. Diseñar, programar y ejecutar el plan
de capacitación en el área de comunicación dirigido a extensionistas, productores,
productoras y sus familias.
5. Establecer criterios de coordinación de
recursos y servicios entre las diferentes instancias de la Institución y el Sector
relacionadas con la Comunicación Rural.
6. Diseñar una estrategia de comunicación
para el desarrollo, para el Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG, y otras
instituciones del Sector Agropecuario así como su respectivo plan operativo anual.
7. Velar por la actualización y
mantenimiento del equipo de producción audiovisual.
8. Capacitar al personal del Centro de
Capacitación y Comunicación para el Desarrollo, en sus unidades central y regionales, en
metodología de la pedagogía masiva audiovisual, para la elaboración de materiales e
instrumentos audiovisuales. De igual manera el MAG capacitará a ese personal en aspectos
de técnicas participativa que permitan la divulgación y la aplicación de las diferentes
experiencias.
9. Elaborar material e instrumentos
metodológicos para la capacitación y para la información masiva audiovisual, válidos
de ser utilizados por los extensionistas y por los agricultores y agricultoras y su
familia.
10. Capacitar e informar a agricultores,
agricultoras y sus familias, aplicando el material é instrumentos elaborados con
metodologías participativas.
11. Fortalecer los procesos de
comunicación para una mayor apropiación del conocimiento por parte de los productores y
productoras nacionales.
12. Apoyar los procesos de la Dirección de
Extensión, con la producción de materiales comunicacionales, tanto a los productores y
productoras como a los técnicos.
13. Establecer canales de comunicación y
coordinación que permitan retroalimentar los métodos y técnicas para la formación de
pequeños y medianos agricultores.
14. Preparar campañas regionales y
nacionales para promover procesos de reconversión productiva y fortalecimiento de la
organización de los productores y productoras.
15. Preparar presupuestos anuales para la
operación del Centro de Capacitación y Comunicación para el Desarrollo.
16. Cualquier otra función que las
autoridades superiores leyes y reglamentos le asignen.
- - Coordinación Agropecuaria
- La Coordinación Agropecuaria tendrá las siguientes
funciones:
- 1. Promover y coordinar procesos de extensión y fomento
tendientes a provocar cambios de actitud progresivos y permanentes en los pequeños
productores y productoras, sus familias y organizaciones, orientados hacia la solución de
sus problemas productivos y ambientales, acordes a sus condiciones agroecológicas y
socioeconómicas y sistemas productivos, que provoquen un mejoramiento continuo del nivel
de vida de la población rural y urbana, en equilibrio con el medio ambiente.
- 2. Coordinar acciones para mantener y mejorar los servicios
de protección fito y zoosanitaria, para lo cual ejercerá el control y fiscalización de
productos e insumos de uso agropecuario, con el fin de preservar la producción y la salud
pública.
- 3. Apoyar al Ministro Rector del Sector Agropecuario en la
ejecución de las políticas y lineamientos dictados para el desarrollo del sector,
promoviendo el incremento en los niveles de competitividad y sostenibilidad en las
actividades agropecuarias.
- 4. Asesorar a las autoridades ministeriales en la toma de
decisiones tendientes al fortalecimiento técnico y la integración operativa de la
Institución, para alcanzar los mayores niveles de eficiencia y dar respuesta en mayor
grado a los demandas de pequeños y medianos productores y productoras, bajo un enfoque de
género, especialmente en materia relativa a protección y extensión agropecuaria.
- 5. Coordinar con organismos nacionales e internacionales el
manejo de información técnica en el campo de la extensión y protección agropecuaria.
- 6. Promover la planificación, coordinación, seguimiento y
evaluación de las acciones de las Direcciones correspondientes, a efecto de maximizar el
uso de los recursos y lograr mayor impacto en el desarrollo del sector agropecuario.
- 7. Definir y ejecutar normas y procedimientos para la
supervisión y establecimiento de mecanismos de organización de la información primaria
generada en protección, extensión, estudios especiales y consultorías agropecuarias.
- 8. Coordinar la protección del patrimonio agropecuario
nacional, mediante el estricto control y cumplimiento de las leyes establecidas para tal
efecto.
- 9. Proponer y generar políticas, instrumentos legales y
normas administrativas para orientar y regular las actividades del servicio de extensión
y protección agropecuaria.
- 10. Coordinar, orientar, dar seguimiento y evaluar todas las
acciones y proyectos que se ejecuten a nivel regional o nacional en el área agropecuaria.
- 11. Velar porque las políticas de la Institución respondan
a los lineamientos y políticas del Sistema Nacional de Investigación y Transferencia
Tecnológica (SNITTA).
- 12. Facilitar los procesos de desarrollo rural conforme a
los lineamientos del Despacho Ministerial.
- 13. Contribuir en la promoción y desarrollo de procesos de
capacitación y educación no formal y formal tendientes a provocar cambios en la conducta
productiva y en las actitudes de los pequeños productores y productoras en sus familias y
organizaciones orientados hacia la eficiencia productiva, capacidad de gestión
autogestionaria y fortalecimiento de las capacidades organizativas.
- 14. Promover y asesorar en métodos, técnicas e
instrumentos que integren la labor de las diferentes instancias a nivel regional.
- 15. Cualquier otra función que las autoridades superiores,
leyes y reglamentos le asignen.
1.Coordinar con otras
instituciones del más alto nivel la puesta en práctica de las políticas agropecuarias
sectoriales:
a) Dentro del Sector:
- Con respecto a la
regionalización del presupuesto, apoyo para los programas nacionales y financiamiento
público a proyectos específicos.
- Participar en la definición de
la política del Ministerio y sugerir respuestas a las necesidades del sector.
b) Fuera del Sector:
- Con el Ministerio de Hacienda
todo lo relacionado con la tramitación de los presupuestos ministeriales ordinarios y
extraordinarios de la República.
- Como enlace legislativo, en la
defensa de los presupuestos para el MAG, CNP, IDA, SENARA, PIMA, entre otras; el impulso y
seguimiento a los proyectos de ley de interés del Sector Agropecuario y el mantenimiento
de las relaciones entre el señor Ministro con los señores Diputados.
- Con la Comisión Nacional de
Emergencia, todo lo relativo a la participación del Ministerio en situaciones de
desastre.
2.Proponer
programas específicos de apoyo y motivación al personal, en armonía con la eficiencia y
eficacia en su desempeño y con el nivel de productividad que demuestran.
3.Proponer, coordinar y
ejecutar acciones que tiendan al adecuado desenvolvimiento administrativo y técnico de la
Institución.
4.Representar al Ministro
en los Programas de Asistencia Técnica dirigidos a los pequeños productores, que
propongan beneficiar a aquellos mediante el aporte de insumos agropecuarios.
5.Servir de enlace al más
alto nivel entre el Ministro, Viceministro y otros Ministerios.
6.Coordinar las visitas de
funcionarios de alto nivel de otros países relacionados con la labor del Ministerio en
apoyo al Ministro y Viceministro y darle seguimiento a los acuerdos que de las reuniones
se deriven.
7.Coordinar las acciones de
apoyo en casos de emergencia causados por brotes de enfermedades de interés agropecuario.
8.Cumplir con otras tareas
que le sean asignadas por el señor Ministro o Viceministro.