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 Normativa >> Ley 5399 >> Fecha 08/11/1973 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 5399 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º.- El Colegio de Médicos y Cirujanos someterá al Poder

Ejecutivo un proyecto de reglamento a la presente ley para regular la

práctica de hipnotismo en el país, cuando puede afectar la salud física o

síquica de las personas.

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