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 Normativa >> Ley 4534 >> Fecha 23/02/1970 >> Articulo 32
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Normativa - Ley 4534 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPITULO V
Deberes de las Personas
Artículo 32 Correlación entre Deberes y Derechos
1. Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad.
2. Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática.

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