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ARTÍCULO 5.- La Empresa gozará de plenas facultades para prestar
servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y evacuación de aguas
pluviales; así como para la generación, distribución, transmisión y
comercialización de energía eléctrica y alumbrado público, en convenio con
las municipalidades de la provincia de Heredia incorporadas, dentro de la
jurisdicción de estas.
Además, la Empresa podrá desempeñar esas funciones en forma directa,
por medio de las subsidiarias que constituya para tal efecto mediante la
celebración de contrataciones o alianzas con entidades de reconocido
prestigio tecnológico y financiero.
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