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 Normativa >> Ley 7739 >> Fecha 06/01/1998 >> Articulo 59
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Normativa - Ley 7739 - Articulo 59
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Artículo 59
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59

Artículo 59°- Derecho a la enseñanza gratuita y obligatoria.

La educación preescolar, la educación general básica y la educación diversificada serán gratuitas, obligatorias y costeadas por el Estado.

El acceso a la enseñanza obligatoria y gratuita será un derecho fundamental. La falta de acciones gubernamentales para facilitarlo y garantizarlo constituirá una violación del Derecho e importará responsabilidad de la autoridad competente.

 

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