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 Normativa >> Ley 7664 >> Fecha 08/04/1997 >> Articulo 56
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Normativa - Ley 7664 - Articulo 56
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Artículo 56
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56

ARTICULO 56.- Manifiesto o declaración de carga

Previo al arribo de la carga, en el momento del arribo o antes de la

descarga, cuando proceda, las empresas de transporte estarán obligadas a

suministrar, a las autoridades fitosanitarias del puesto oficial de

ingreso, copia del manifiesto o la declaración de carga escrita en

español. El manifiesto o la declaración de carga tendrá el carácter de

declaración jurada y deberá describir detalladamente los bienes que se

transportan.

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