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 Normativa >> Ley 7664 >> Fecha 08/04/1997 >> Articulo 81
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Normativa - Ley 7664 - Articulo 81
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Artículo 81
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81

ARTICULO 81.- Procedimiento especial

En el reglamento respectivo, también se definirá el procedimiento

especial que se utilizará cuando técnicamente se requiera la destrucción

o reexpedición inmediata de vegetales, agentes de control biológico y

otros tipos de organismos para uso agrícola y sus empaques, como único

medio para eliminar una plaga de importancia cuarentenal que, por sus

características, puede introducirse, diseminarse, establecerse

rápidamente y causar graves daños a la agricultura nacional.

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