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 Normativa >> Ley 7983 >> Fecha 16/02/2000 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 7983 - Articulo 12
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Artículo 12    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO XII.- Los trabajadores independientes se afiliarán a la CCSS en forma gradual durante los primeros cinco años a partir de la vigencia de la presente ley.

 

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