Artículo 7°Derogatorias. Se derogan todas las
disposiciones que se le opongan y que regulen de manera diferente lo referente al impuesto
general forestal. Específicamente, se derogan las disposiciones contenidas en los
artículos 78, 79, 80, 81, 82, y 83 del decreto ejecutivo No 25721-MINAE y en
su integridad los decretos ejecutivos No 26293-MINAE-H y No
27693-MINAE-H.
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