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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28676 >> Fecha 16/05/2000 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28676 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—La Comisión Reguladora de Turismo no otorgará en el futuro autorizaciones genéricas ni específicas para la venta de acciones al amparo del artículo 11 de la Ley N° 6990 del 15 de julio de 1985.

 

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