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Artículo 10°- Admisión para el trámite de
la solicitud presentada. El Registro de la Propiedad Industrial le asignará
una fecha y hora de presentación a la solicitud de registro y la admitirá para
el trámite si cumple los siguientes requisitos:
a) Contiene indicaciones que permiten identificar
al solicitante.
b) Señala una dirección o designa a un
representante en el país.
c) Muestra la marca cuyo registro se solicita
o, si se trata de marcas denominativas con grafía, forma o color especial o de
marcas figurativas, mixtas o tridimensionales con color o sin él, se adjuntará
una reproducción de la marca.
d) Contiene los nombres de los productos o
servicios para los cuales se use o se usará la marca; además indica la clase.
e) Adjunta el comprobante del pago total de
la tasa establecida
(Así reformado el inciso anterior por el
artículo 1° aparte g) de la Ley N° 8632 del 28 de marzo de 2008)
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