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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29096 >> Fecha 20/10/2000 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29096 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Publicar la "Lista de Valores de Vehículos", incorporándole la totalidad de los valores de referencia para vehículos automotores y el respectivo mecanismo para estimar los valores específicos; la totalidad de embarcaciones y aeronaves reporta

Artículo 2º—Publicar la "Lista de Valores de Vehículos", incorporándole la totalidad de los valores de referencia para vehículos automotores y el respectivo mecanismo para estimar los valores específicos; la totalidad de embarcaciones y aeronaves reportados a la base de batos del Sistema de Información Integral de la Administración Tributaria (SIIAT), cuyas características y valores han sido actualizados en el periodo comprendido entre el 1° de enero de 2000 y el 30 de setiembre de 2000. Se define el valor para los bienes en mención de conformidad con la lista adjunta.

Procedimiento para la estimación de un valor específico

1º—Valor de Referencia: Es aquel valor fiscal base, para un tipo de vehículos de iguales características: marca, carrocería, estilo, centimetraje, combustible, cabina y tracción; del año modelo más reciente y que exista en la flotilla nacional.

Para calcular el valor específico de un automotor en ningún caso puede ser utilizado el valor de referencia asignado para los modelos 2001. El valor de referencia más reciente que puede ser utilizado para dicho cálculo es el valor del modelo 2000.

2º—Valores mínimos. Los valores mínimos se asignan a los modelos inferiores del año acordado. Se entiende como año acordado, el año en el que el automotor adquiere el valor mínimo de ¢500.000,00 (quinientos mil colones) Por ejemplo: se da valor mínimo para el modelo 1980, lo cual implica que los modelos 1979, 1978, etcétera, tomarán el mismo valor mínimo.

3º—Procedimiento de cálculo del valor específico. Para determinar el valor de un vehículo específico se hace uso de la siguiente ecuación:

wpe1.jpg (8796 bytes)

 

donde:

Vf = valor fiscal

Vr = valor de referencia

F = factor de ajuste por carrocería

AR = año del modelo de vehículo de referencia

AV = año del modelo a valorar

El factor de ajuste por carrocería esta en función del tipo de carrocería, de conformidad con la siguiente tabla:

Tabla Nº 1: Factor de ajuste por tipo básico de carrocería

Tipo básico de carrocería Factor de ajuste (F)

motos -0.1333

vehículos -0.1455

equipo agrícola -0.1583

equipo civil -0.1035

e) Carrocerías específicas según tipo básico.

Tabla Nº 2: Carrocería motos

motocicleta

side-car

triciclo

cuadraciclo

sextaciclo

scooter

Tabla Nº 3: Carrocería vehículos

adral

ambulancia

arenero

autobús

boggie

bus 9.5 m a 11 m

buseta

cabezal

cafetalera

cajero móvil

cam-pu

camper

carreta de adrales

carreta de extensión

carro de golf

carroza fúnebre

casa móvil

cisterna productos. peligrosos (nocivo)

cisterna productos. neutros y alimentos

cisterna

combatir incendios

convertible

coupe

cureña

deportivo

familiar, station wagon

forestal

furgón

furgón a granel

ganadero

gavetera

limosina

microbús familiar

microbús transporte público

rural

sedán 2 puertas

sedán 4 puertas

semiremolque

plataforma

plataforma baja

refresquera hackney

recolector de basura

panel

tanque a granel

traileta

transportador de vehículos

transporte de vidrio

Tabla Nº 4: Carrocería equipo agrícola

cosechadoras de arroz

cosechadoras de caña

cosechadoras de maíz

fumigadora de llantas

tractor de llantas

sembradora

Tabla Nº 5: Carrocería EQ. especial

aplanadora

barredora

batea de equipo especial

blindada

bombeadora para concreto

bomba de trasiego

cargador de llanta

cargador de oruga

compactadora

demarcadora de calles

draga

excavadora

grúa

mezclador de cemento

montacargas

mototrailla

niveladora

pala

pavimentadora

perforadora

plataforma de oruga

plataforma grúa

porta herramientas integral

procesadora de asfalto

recuperador de caminos

regador de asfalto

retroexcavadora

skidder

uso específico

tractor de oruga

vagoneta vasculable

Ejemplo de Aplicación. Se desea estimar el valor de un sedán cuatro puestas modelo 1997 y se tiene como referencia que el modelo 2000 tiene un valor en el mercado de ¢4.000.000,00.

1. Se ubica la carrocería en el tipo básico vehículo, Tabla Nº 3, para este caso el factor de ajuste será F = -0.1455.

2. Se aplica la fórmula (1).

Se sustituyen los siguientes datos en la fórmula:

Vf = ?

Vr = 4.000.000,00

F = -0.1455

AR = 2000

AV = 1997

Vf = 4.000.000,00 * e -0.1455 (2000 – 1997) @ 2,585,177.99

El valor fiscal para este vehículo será:

Vf = 2,585,000.00

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