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 Normativa >> Ley 8173 >> Fecha 07/12/2001 >> Articulo 11
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Normativa - Ley 8173 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11

Artículo 11.—Toda partida específica o transferencia pública de fondos para obras o proyectos del distrito, deberá girarse directamente al concejo municipal de distrito.

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