Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 5º—Mecanismos para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales: Además de la normativa que existe en otras leyes y reglamentos se tomará en cuenta que:

Artículo 5º—Mecanismos para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales: Además de la normativa que existe en otras leyes y reglamentos se tomará en cuenta que:

a) El MTSS, como ente rector en esta materia, mediante todas sus Direcciones y Oficinas, garantizará la equiparación de oportunidades y la no discriminación para el acceso al trabajo; así como, el mantenimiento y promoción de éste para todas las personas adultas mayores.

b) El MTSS incluirá en su Plan Anual Operativo la divulgación y difusión de los derechos que la Ley otorga en el campo laboral a las personas adultas mayores.

c) El MTSS, por medio de la Dirección de Asuntos Laborales, brindará y prestará sus servicios de manera accesible, adecuada, efectiva y oportuna para atender consultas y reclamos de personas trabajadoras adultas mayores.

d) El MTSS, en coordinación con el Consejo, mantendrá reuniones periódicas para la promoción, sensibilización y concienciación del sector empresarial nacional, de manera que apliquen los criterios y derechos consagrados por la Ley.

 

Ir al inicio de los resultados