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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30397 >> Fecha 30/04/2002 >> Articulo 47
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30397 - Articulo 47
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Artículo 47
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Artículo 47

    Artículo 47.—La asignación de funciones a este personal, por parte del Departamento de Sistemas Computadorizados, se hará en arreglo a las necesidades propias de la Dirección Nacional.

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