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 Normativa >> Reglamento municipal 3 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 52
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Normativa - Reglamento municipal 3 - Articulo 52
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Artículo 52
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Artículo 52

Artículo 52.—Proceso atención de denuncias por limpieza de lotes baldíos.

Requisitos:

1. Denuncia escrita ante la Unidad de Caminos y Puentes en la que describa las anomalías encontradas, ya sea por rondas sucias, vegetación sucia, derrumbes, ramas en las orillas de las calles, vegetación dañina, aguas salidas, o lotes baldíos sin limpiar y otras.

2. Brindar información para efecto de ubicación de la propiedad: nombre del propietario, dirección exacta e información relacionada con la propiedad.

Descripción del proceso:

1. El administrado denunciante acudirá a la Unidad de Caminos y Puentes y presentará la denuncia correspondiente.

2. El funcionario encargado revisará y recibirá los requisitos presentados y consignará con sello de recibido.

3. Mediante un sello especial consignará en los documentos el sello si es necesario de que los documentos con copia del original.

4. Se confeccionará el expediente respectivo.

5. El funcionario encargado o designado realizará la inspección en el lugar de los hechos.

6. Producto de la inspección el funcionario redactará un acta que contendrá lo que se constató en el lugar.

7. El funcionario determinará si los hechos denunciados son ciertos o no.

8. Si no son ciertos resolverá archivar el expediente.

9. Si son ciertos, emitirá un informe dirigido al infractor de los hechos denunciados, señalándole los artículos infringidos de Código Municipal (75), dándole un plazo de 10 días hábiles para que corrija la situación.

10. Si las anomalías son corregidas se archivará el expediente.

11. Si pasados los 10 días no se han efectuado los trabajos, la Municipalidad los ejecutará.

12. El encargado de la unidad de caminos realizará los cálculos del costo del trabajo realizado.

13. Posteriormente se le notificará al infractor del monto a cancelar y se le concederán 8 días hábiles para que cancele en la Municipalidad la suma adeudada. Concomitantemente se trasladará el expediente a la Unidad de Cobro Administrativo, para que genere el cobro.

 

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