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Normativa - Acuerdo 1 - Articulo 1
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Artículo 1
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AVISO No 1-2003

AVISO No 1-2003

ASUNTO: Salario base sobre el cual se definen las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal, durante el año 2003.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES QUE TRAMITAN LA MATERIA PENAL, INSTITUCIONES, ABOGADOS Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión No 01-2003 celebrada el 14 de enero del 2003, artículo XXXIV, de conformidad con el párrafo 3° del artículo 2° de la Ley No 7337 del 5 de mayo de 1993 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No 92 del 14 de ese mes, que reformó varios artículos del Código Penal, acordó comunicarles que a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre, ambos meses del año 2003, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el referido Código es de 153.000,00 (ciento cincuenta y tres mil colones exactos).

San José, 16 de enero del 2003.

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