CAPITULO XI
CAPITULO XI
De las disposiciones finales
Artículo 51.—El Colegio mantendrá una base de datos con la información relacionada con las vacunaciones, cuarentenas, importación y exportación y esterilizaciones para que el Ministerio de Salud y demás actores sociales involucrados en la temática, cuenten con información oportuna y veraz para mejorar los resultados de sus acciones.
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