Artículo 46
Artículo
46.- Funciones de la Dirección del centro educativo. Corresponderá a la Dirección del
centro educativo:
a) Constituir
en el mes de febrero de cada año, el Comité de Apoyo Educativo.
b)
Integrar
y presidir el Comité de Apoyo Educativo.
c)
Presentar
las solicitudes de los estudiantes, padres, madres o encargados, o personal
docente ante el Comité de Apoyo Educativo, cuando lo considere necesario
d) Canalizar,
ante las instancias correspondientes, las solicitudes de servicios de apoyo,
utilizando los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación.
e) Garantizar
la aplicación y ejecución de las recomendaciones emanadas del Comité de Apoyo
Educativo.
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