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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 10/11/1982 >> Articulo 30
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Artículo 30    (No vigente*)
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CAPITULO XXX

CAPITULO XXX

PAVIMENTOS 

Artículo XXX. 1.—Normas y especificaciones aplicables.

En las obras de pavimentación se deberán seguir las especificaciones vi­gentes  para pavimentación de carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica, contenidas en el documento titulado "Especificacio­nes Generales para la Construcción de Caminos, Carreteras y Puentes", última, edición. Alternativamente pueden usarse las especificaciones que se describen como básicas a continuación en este capítulo.

Artículo XXX.2.—Diseño de pavimentos.

 

Los pavimentos deberán ser diseñados de acuerdo con las condiciones del suelo soportante del tránsito sobre las calles debidamente proyectado a la vida útil de la calle y a cualesquiera otros factores que deban ser tenidos en cuenta. 

Artículo XXX. 3—Control de calidad.

El control de la calidad de los materiales, de la compactación, de la resistencia y de cualquier otro factor incidente en la calidad final del pavi­mento deberá ser ejercido por medio de laboratorios aceptados por la autoridad revisora.

 

Artículo XXX.4.Subrasante.

Cualquiera que sea la calidad del terreno y cualquiera que sea el método usado para llegar a nivel de la subrasante, si es corte, la compactación del suelo, por debajo y hasta el nivel quince centímetros (15 cm) bajo la subrasante, deberá tener o alcanzar una compactación mínima de noventa y cinco por ciento (95%) del Proctor Estándar. Si es relleno, todo deberá ser compactado al 95% del Proctor Estándar.

Los cuarenta centímetros (40 cm) superiores del suelo de las calles que corresponden a la subrasante deben conformarse a los siguientes valores del Proctor Modificado y de CBR (California Bearing Ratio o Razón Californiana de Soporte), según sea la clase de suelo base.

SUELOS                                   COMPACTACTON

CLASE

 

PLASTICIDAD

 

PROCTOR           C B R

 

Cohesivos

 

30%

 

85%                            3

 

 

 

30%

 

90%                            5

 

No Cohesivos

 

 

 

95%                           30

 

 

El valor soportante del suelo debe ser previamente determinado por un laboratorio en cada proyecto particular para los efectos del diseño respectivo. En consecuencia, si habiéndose logrado durante la construcción los grados de compactación exigidos el valor soportante CBR de control determinado con­juntamente con el grado Proctor resultare inferior a las cifras anotadas, el constructor deberá aumentar el grado de compactación hasta lograr un valor soportante aceptable.

Si subsistiera la incompatibilidad en las cifras, el ingeniero responsable deberá decidir, de acuerdo con la calidad del terreno en la zona afectada com­parada con la de las áreas vecinas a las condiciones propias del suelo en la zona afectada y otras consideraciones sobre la aceptación o sustitución de dicho suelo.

 

Artículo XXX. 5.—Subbase.

El material de la subbase se compondrá de partículas duras de escoria, piedra quebrada, grava, pizarra o lastre cuya graduación granulométrica de acuerdo al diseño, debe ser alguna de las siguientes:

 

 

 

 

% en peso

 

que pasa

 

 

 

TAMIZ

 

A

 

B

 

C

 

D

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

76,2 mm.

 

100

 

      -----

 

      -----

 

100

 

38,1 mm.

 

       -----

 

100

 

      -----

 

 

 

25,4 mm

 

       -----

 

      -----

 

100

 

    -----

 

No 4

 

40-70

 

40-70

 

45-80

 

50-100

 

No 40

 

10-50

 

10-50

 

15-60

 

20-70

 

N° 200

 

0-15

 

0-15

 

5-20

 

5-35

 

Para su determinación se usarán los procedimientos de ensayo estableci­dos en las normas AASHTO (American Association of State Highways and Transportation Officials — Asociación Estadounidense de Funcionarios de Carreteras y Transporte del Estado) Nos. ASTM C - 136 y (C - 117; AASHTO T - 11 y AASHTO T - 27. 

Artículo XXX. 6.—Calidad de material de la subbase.

XXX. 6.1. Si el material queda expuesto a la intemperie y a los efectos del tránsito, la porción de material que pasa el tamiz No 40 tendrá un índice de plasticidad no menor de cuatro (4) ni mayor de diez (10) según ensayo AASHTO T - 90, y un límite líquido no mayor de cuarenta (40), según ensayo AASHTO T - 89.

XXX. 6.2 Si queda protegido de la intemperie y al tránsito, la porción que

pasa el tamiz No 40 tendrá un índice de plasticidad no mayor de siete (7) y un límite líquido no mayor de treinta y cinco (35).

Si el material que atraviesa la malla No 200 no es superior a un seis por ciento (6%) el índice de plasticidad aceptable puede au­mentarse hasta diez (10).

XXX. 6.3 El material tendrá un valor de soporte (CBR) mínimo de trein­ta (30) según la prueba ASTM D 1883, conjuntamente con una com­pactación de noventa y cinco por ciento (95%) del Proctor Modificado.

 Artículo XXX. 7.—Base no tratada de piedra quebrada.

El material se compondrá de partículas duras y durables de piedra o es­coria trituradas cuya graduación granulométrica, determinada según las nor­mas AASHTO T - 11 y AASHTO T - 27, sea, de acuerdo con el diseño, alguna de las siguientes:

TAMIZ

 

% EN PESO QUE PASA

 

A

 

B

 

C

 

50,8 mm.

 

100

 

       -----

 

   ------

 

38,1 mm.

 

90-100

 

100

 

   ------

 

25,4 mm.

 

     ------

 

70-100

 

100

 

19,0 mm.

 

55-85

 

60-90

 

70-100

 

9,5 mm.

 

     -----

 

45-75

 

50-80

 

N°4

 

30-50

 

35-60

 

40-65

 

N°10

 

  

 

25-50

 

25-50

 

N°40

 

10-25

 

10-30

 

15-30

 

No 200

 

6-16

 

6-20

 

6-20

 

El valor soportante (CBR) del material debe alcanzar un mínimo de treinta (30) para una compactación de noventa y cinco por ciento (95%) del Proctor Modificado.

 

Artículo XXX. 8.—Base tratada con cal hidratada.

XXX. 8.1 Materiales. Los agregados para la construcción de bases esta­bilizadas con cal hidratada deberán consistir en partículas duras y durables de escoria, piedra quebrada, grava, pizarra o lastre, tamiza­dos para obtener la siguiente graduación granulométrica.

Tamiz

% en peso que pasa

25 mm

100

N°4

50-100

N°40

20-70

N°200

5-35

 

 

El índice de plasticidad del material no deberá exceder de diez (10) y su límite líquido no será mayor de cuarenta (40) ambos valores determinados se­gún las normas AASHTO T - 90 y AASHTO T - 8, respectivamente.

La cal hidratada que se use como aglomerante deberá satisfacer los re­quisitos de la norma ASTM C - 207, tipo N, cuya composición será:

— Óxidos de calcio y magnesio, mínimo noventa y cinco por     ciento (95%).

— Bióxido de carbono, máximo siete por ciento (7%).

— Óxidos no hidratados, máximo ocho por ciento (8%); sus residuos deben cumplir la norma mencionada en cuanto a porción residual en el ta­miz N° 30.

La calidad de la base estabilizada con el porcentaje de cal establecido en laboratorio y compactada al noventa y cinco por ciento (95%) de la densidad mí­nima obtenida según ensayo AASHTO T -160, Método A, deberá cumplir los si­guientes requisitos:

— Resistencia mínima de veinte kilogramos por centímetro cuadrado (20 Kg/cm2) a la compresión inconfinada, a los siete (7) días de edad.

— El valor soportante (CBR) mínimo de cien (100) a la misma edad.

 

Artículo XXX. 9.—Base tratada con cemento Portland.

Los agregados serán los mismos especificados en el artículo XXX. 7 para la base tratada con cal hidratada.

El cemento portland se conformará a la norma AASHTO M - 85.

La calidad de la base estabilizada con cemento portland en la proporción óptima determinada por un laboratorio, compactación al ciento por ciento (100%), de la densidad máxima obtenida por el ensayo AASHTO T - 134, se esta­blecerá por una resistencia mínima de treinta y cinco kilogramos por centímetro cuadrados (35 Kg/cm2) en la compresión inconfinada, a la edad de siete (7 días.                                                              

 

Artículo XXX. 10.—Base de toba cemento plástica.

La granulometría, índice de plasticidad y límite líquido de la toba (lastre)  a usar serán los mismos especificados en el articulo XXX.8 para la base tra­tada con cal hidratada.

El cemento cumplirá la norma AASHTO M - 85.

El revenimiento de esta mezcla, amasada con agua, deberá fluctuar entre uno (1) y tres centímetros (3 cm).

La calidad de la base se medirá por una resistencia mínima a la ruptura en compresión de treinta kilogramos por centímetro cuadrado (30 Kg/cm2), a la edad de siete (7) días, mediante ensayo realizado según la norma AASHTO T - 22.

 

Artículo XXX. 11.-—Imprimación de pavimentos bituminosos.

De acuerdo con el diseño en cuanto a calidad de la terminación de la base y a cantidad de imprimante a usar, la base se sellará mediante el riego de una capa de asfalto líquido de algunas de las calidades RC - O, RC - 1, MC - O, MC - 1, SC - 1 o SC - 2 especificadas en las normas AASHTO M-81 y M-141, res­pectivamente.

 

Artículo XXX. 12.—Pavimentos mezclados en planta.

La mezcla bituminosa se compondrá básicamente de agregados minerales, relleno mineral, aditivos (si fueren necesarios) y bitumen íntimamente combi­nados en las proporciones y a las temperaturas requeridas por el diseño, apoyado en los ensayos de laboratorio que se hayan estimado necesarios.

La mezcla luego de compactada, deberá contener un volumen de vacíos que permita la compactación adicional debida al tránsito, sin que ella produzca afloramiento de asfalto o pérdida de estabilidad. De acuerdo con su finalidad la mezcla deberá cumplir los siguientes requisitos:

 

DESTINO

AGREGADO TAM.MAX

VACIOS %

Capa desgaste

12 mm

3 a 5

Refuerzo inferior capa desgaste

19 mm

3 a 5

Base asfáltica

35 mm

3 a 6

 

 

Luego de determinada la mezcla según se indica más adelante, sus com­ponentes deberán mantenerse dentro de las siguientes tolerancias:

— Agregados que pasen al tamiz No 4 y queden retenidos en el tamiz N° 8 de 4% positivo o negativo.

— Agregados que pasen el tamiz N° 8 y queden retenidos en el tamiz N° 100 de 7% positivo o negativo.

— Agregados que pasen el tamiz N°200 de 2% positivo o negativo.

— Material bituminoso de 0,5% positivo o negativo.

— Temperatura de la mezcla de 109 centígrados positivo o negativo.

— El agregado grueso, definido para este efecto como el retenido por el tamiz N° 8, deberá ser piedra triturada, salvo distinta estipulación y deberá satisfacer los requisitos de calidad AASHTO N°79, excepto que no será exigible el ensayo de sanidad en sulfato de sodio AASHTO T-104.

— Si se usa grava triturada, ella deberá cumplir los requisitos de la sec­ción 3,1 de la norma AASHTO M-62 y mostrar que por lo menos el 50% de las partículas retenidas por la malla N° 4 tiene una cara fracturada.

— El agregado fino, correspondiente al retenido por el tamiz N9 8, con­sistirá en partículas de piedra natural o quebrada o en una combina­ción de ambas, salvo que haya sido de otra manera estipulado. De­berá en todo caso cumplir la norma ASTM D -1073.

— Los materiales bituminosos deberán satisfacer las normas siguientes:

 

 

— Cemento Asfáltico…………………………………AASHTO M-20

— Alquitranes…………………………………… ……AASHTO M-52

— Asfaltos líquidos

— Cura rápida (RC)……………………………………AASHTO M-81

— Cura media (MC)…………………………………...AASHTO M-82

— Cura lenta (SC)……………………………………AASHTO M-141

— Asfalto emulsionado ……………………………..AASHTO M-140

 

Artículo XXX. 13 .—Pavimento caliente mezclado en planta.

 

El agregado deberá conformarse a alguna de las siguientes graduaciones granulométricas, según lo haya definido el diseño:

 

TAMIZ

 

% EN PESO QUE PASA

 

 

 

A

 

B

 

C

 

25,4 mm.

 

100

 

       ----

 

     ------

 

19,0 mm.

 

80-100

 

100

 

     ------

 

12,7 mm.

 

       ------

 

     ------

 

100

 

9,5 mm.

 

60-80

 

70-90

 

80-100

 

N° 4

 

48-65

 

50-70

 

55-75

 

No 8

 

35-50

 

35-50

 

35-50

 

No 30

 

19-30

 

       ------

 

18-29

 

No 50

 

13-23

 

13-23

 

13-23

 

No 100

 

7-15

 

       -----

 

8-16

 

N° 200

 

0-8

 

3-8

 

4-10

 

 

Artículo XXX. 14—Pavimento frío mezclado en planta.

El agregado para preparar mezclas de pavimento se conformará a la siguiente graduación granulométrica.

 

TAMIZ

 

% EN PESO QUE PASA

 

CAPA INFERIOR

 

CAPA DE DESGASTE

 

38,1 mm.

 

40-70

 

               -----

 

25,4 mm.

 

100

 

               -----

 

19,0 mm.

 

100

 

85-100

 

12,7 mm.

 

95-100

 

N°4

 

10-35

 

15-40

 

4-16

 

N°8

 

10-25

 

0-5

 

N°30

 

0-5

 

4-13

 

             -------

 

N°50

 

             -------

 

0-5

 

 

El agregado para el acabado final consistirá en arena seca o polvo de piedra, granulados de tal modo que por lo menos el 95% pase el tamiz N°4 y no más del 40% pase el tamiz N° 50.

 

 

Artículo XXX. 15.—Pavimento mezclado en camino.

Los materiales bituminosos deberán cumplir las mismas normas estable­cidas para los que se usen en mezclas preparadas en planta.              

Los agregados deberán cumplir la norma AASHTO M-62, excepto la exi­gencia del ensayo de sanidad en sulfato de sodio AASHTO T - 104.

Si se usa grava triturada, no menos del 50% en peso de las partículas re­tenidas por el tamiz No 4 deberá tener por lo menos una cara quebrada.

La graduación granulométrica de los agregados nuevos será la siguiente:

 

TAMIZ

% EN PESO QUE PASA

19,0 mm

100

N°4

45 - 65

N°8

33-53

N°50

10-20

N°200

3-8

 Los agregados recuperados de la demolición de una superficie pavimen­tada existente se conformarán en general, a la graduación establecida para agregados nuevos.

Sin embargo, puede usarse el material selecto granular encontrado en la superficie existente, aunque su graduación sea diferente, siempre que ella sea aprobada por el ingeniero residente. En todo caso, no podrán usarse partículas de tamaño superior a treinta y ocho milímetros (38 mm). 

 

Artículo XXX. 16.—Calidad del pavimento bituminoso.

La calidad del pavimento bituminoso, en cualquiera de sus modalidades, deberá ceñirse a las exigencias establecidas a este respecto por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica en el documento de especificaciones señalado en el artículo XXI. 1.

 

Artículo XXX. 17.—Pavimento de concreto.

Los diferentes materiales que se usan en la construcción de pavimentos de concreto deben ceñirse a las normas que a continuación se indican:

 

Agregado fino

AASHTO M-6

Agregado grueso

AASHTO M-80

Aditivos para inclusión de aire

AASHTO M-154

Aditivos químicos

AASHTO M-194

Cemento Portland

AASHTO M-85

 

AASHTO M-134

Cloruro de calcio

AASHTO M-144

Mezclas líquidas para curación

AASHTO M-148

Papel impermeable para curación

AASHTO M-139

Papel para subrasante

AASHTO M-74

Película de polietileno para curación

AASHTO M-171

Relleno para juntas

AASHTO M-173

Acero para refuerzos

AASHTO M-31

 

AASHTO M-54

 

AASHTO M-55

 

La dosificación del agua, el cemento y los agregados se basará en la resistencia mínima.

Las especificaciones del concreto serán las siguientes:

Las especificaciones del concreto serán las siguientes:

-Asentamientos para concreto no vibrado ... .………………….4 a 8 cm

-Asentamientos para concreto vibrado ... .…………….. ... ... ..1 a 4 cm

-Resistencia a la flexión según método de 3 puntos,

AASHTO T - 97, no menor de ... ... ... ... ... …………….. ... …40 Kg/cm2

-Resistencia a la flexión (alternativa) según método del

punto medio AASHTO T - 177 no inferior a ... ... ... …………..45Kg/cm2

-Resistencia a la compresión, a 14 días, AASHTO T - 22,

mínimo de ... ... ... ... …………………………………….. ... ... .250Kg/cm2

 

Alternativamente se podrán usar adoquines de concreto sobre subrasante, subbase y base similar a la necesaria para carreteras de asfalto, todo de con­formidad con el diseño.

El adoquín se podrá colocar en vías en donde el tránsito sea liviano o zonas de parqueo para vehículos livianos. La norma de resistencia, que deberá desarrollar el adoquín a la fecha de colocación es:

1) Un valor de resistencia promedio de 300 Kg/cm2.

2) Un valor de resistencia mínima permisible de 250 Kg/cm2 con una tole­rancia hasta de un 15% como máximo bajo el límite de resistencia mínimo establecido.

3) El cemento usado deberá de cumplir con la norma AASHTO M - 85 (Espe­cificaciones Estándar para cemento Portland).

Con respecto a la subrasante, subbase y base se deberá cumplir con las Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, Carreteras y Puen­tes, última edición.

 


 

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