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CAPITULO
II
Finalidades
Artículo 4º.- La finalidad principal del Instituto será la
de incrementar el turismo en el país:
a) Fomentando el ingreso y la grata permanencia en el país
de los visitantes extranjeros que busquen descanso, diversiones o entretenimiento;
b) Promoviendo la construcción y mantenimiento de lugares de
habitación y recreo para uso de los turistas;
c) Realizando en el exterior la propaganda necesaria para
dar a conocer el país, a fin de atraer el turismo; y
d) Promoviendo y vigilando la actividad privada de atención
al turismo.
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