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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32481 >> Fecha 29/06/2005 >> Articulo 34
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32481 - Articulo 34
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TÍTULO II

TÍTULO II

Competencia y funciones de las aduanas

CAPITULO I

Competencia territorial de las aduanas

 

Artículo 34.—Competencia de las aduanas. La aduana es la oficina técnica administrativa encargada de las gestiones aduaneras, el control de las entradas, permanencia, salida de mercancías y la coordinación de la actividad aduanera que se desarrolle en la zona de competencia territorial, con excepción de aquellas que le correspondan a la Aduana de Verificación Documental.


 

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