Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32481 >> Fecha 29/06/2005 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32481 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
CAPÍTULO II

CAPÍTULO II

Competencias y funciones de la Dirección General de Aduanas

 

Artículo 3º—Órgano superior en materia aduanera. La Dirección General es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, con las funciones establecidas por el CAUCA III, RECAUCA, la Ley General de Aduanas y demás normas reglamentarias, tributarias y generales de aplicación.

La Dirección General estará integrada por el Director(a) General y el Subdirector(a) General y el equipo humano necesario para el cumplimiento de sus funciones. Además podrá contar con los Asesores que considere necesarios en las materias correspondientes.


 

Ir al inicio de los resultados