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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32595 >> Fecha 04/08/2005 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32595 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—Liquidación de los fondos por girar

Artículo 9º—Liquidación de los fondos por girar. Las organizaciones comunales deberán presentar cada año la liquidación de los recursos asignados a su favor, ante el Departamento dé Economía Comunal de DINADECO, el cual deberá ejercer asesoría y control en el manejo de estos recursos.


 

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