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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32752 >> Fecha 27/06/2005 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32752 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—El Área de Conservación Pací

    Artículo 2º—El Área de Conservación Pacífico Central revisará y demarcará en el campo los linderos de esta área protegida. La adquisición de los terrenos incluidos dentro de los límites del Parque se realizará conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Ambiente y el artículo 2º de la Ley Forestal, Nº 7575.

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