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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32808 >> Fecha 22/09/2005 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32808 - Articulo 23
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Artículo 23
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CAPÍTULO VIII

CAPÍTULO VIII

Del descanso semanal

 

Artículo 23.—Los servidores de la Dirección Nacional tendrán derecho a un descanso semanal de 2 días, correspondientes a sábados y domingos. Sin embargo, por disposición del Director (a) Nacional, y atendiendo razones de oportunidad y conveniencia administrativa, podrá sin perjuicio de aquellos, trabajarse en tales días, dentro de lo dispuesto por este reglamento sobre la jornada extraordinaria.


 

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