42
Artículo 42.- La Dirección Superior de Programas Nacionales estará integrada por las siguientes Direcciones:
Dirección de Investigación y Extensión Agrícola.
Estaciones Experimentales.
Dirección de Salud y Producción Pecuaria.
Dirección General de Sanidad Vegetal.
Dirección de Recursos Pesqueros y Acuacultura.
Dirección de Mercadeo Agropecuario.
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