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 Normativa >> Ley 8642 >> Fecha 04/06/2008 >> Articulo 31
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Normativa - Ley 8642 - Articulo 31
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Artículo 31
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TÍTULO II

TÍTULO II

RÉGIMEN DE GARANTÍAS FUNDAMENTALES

CAPÍTULO I

ACCESO UNIVERSAL, SERVICIO UNIVERSAL Y SOLIDARIDAD

DE LAS TELECOMUNICACIONES

ARTÍCULO 31.-   Servicio, acceso universal y solidaridad

El presente capítulo establece los mecanismos de financiamiento, asignación, administración y control de los recursos destinados al cumplimiento de los objetivos de acceso universal, servicio universal y solidaridad.  A la Sutel, le corresponde garantizar que los operadores y proveedores cumplan lo establecido en este capítulo y lo que reglamentariamente se establezca.

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