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 Normativa >> Ley 4755 >> Fecha 03/05/1971 >> Articulo 136
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Normativa - Ley 4755 - Articulo 136
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Artículo 136
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136

        Artículo 136.- Exención del papel sellado y timbres. Todos los trámites y actuaciones que se relacionen con la aplicación de los tributos a cargo de la Administración Tributaria, incluso los que correspondan a recursos interpuestos para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, están exentos de los impuestos de papel sellado y timbres. 

(Así corregida su numeración por el artículo 6 de la Ley de Justicia Tributaria No.7535 del 1 de agosto de 1995, que lo traspasó del antiguo 131 al actual)

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