ARTÍCULO 6
ARTÍCULO 6.- Procedimientos de adquisición de obras, bienes y servicios, y
de selección y contratación de consultores
Los procedimientos de adquisición de obras, bienes y servicios, y la
selección y contratación de consultores que se realicen al amparo del Convenio
de cooperación para el financiamiento de proyectos de inversión CR-X1007, con
cargo a los recursos de cada contrato de préstamo individual, indicados en la
sección 9 de dicho Convenio, prevalecerán sobre los procedimientos y las normas
del ordenamiento jurídico nacional; estos se aplicarán de manera supletoria.
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