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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35616 >> Fecha 04/11/2009 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35616 - Articulo 4
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Artículo 4
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            Artículo 4º—NIIF a aplicar: Las normas que deberán aplicar las Empresa Públicas son las emitidas oficialmente por el IASB en español, a la fecha de publicación del presente decreto, sin perjuicio de las nuevas normas y modificaciones a las existentes. Las que serán adoptadas e implementadas por la Contabilidad Nacional como ente rector del Subsistema de Contabilidad, previa observancia del trámite previsto en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N° 8131 del 18 de setiembre del 2001, a través de Resolución Administrativa.


 

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