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ARTICULO 14.- El Estatuto Orgánico del Instituto definirá los
organismos que existirán dentro del mismo y, en especial, quien o quienes
ejercerán su representación legal.
Las normas a que se sujetarán sus estudiantes se establecerán
mediante reglamentos especiales.
Todos estos instrumentos deberán ser aprobados por la misma
Institución.
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