Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 33 >> Fecha 16/08/2010 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Reglamento municipal 33 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 3º—La Municipalidad reconocerá al funcionario con grado profesional que se acoge a la Dedicación exclusiva, una compensación económica porcentual sobre su salario base por concepto de dedicación exclusiva, de la siguiente manera:

a. Un 20%, a aquellos servidores que poseen el grado académico de bachillerato universitario y ocupen un puesto para el que se requiere la condición anterior y además satisfaga los literales c), d), e), f) y g) del artículo 4º de este reglamento.

b. Un 55%, a aquellos otros que ostentando el grado académico de licenciatura, ocupen un puesto para el que se requiere como mínimo el grado académico de bachillerato universitario y además cumplen los literales c), d), e), f) y g) del artículo señalado anteriormente.


 

Ir al inicio de los resultados