TRANSITORIO V.-
A la entrada en vigencia de la presente ley, cada conductor mantendrá el
cómputo de los puntos que tuviese aplicados a su licencia con base en la ley
anterior, los cuales serán ajustados de conformidad con los parámetros
definidos por esta ley, en el tanto no impongan condiciones más gravosas a los
infractores.
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