ARTÍCULO 88.- Disposiciones para las licencias de conducir clase D
Las licencias de conducir clase D tendrán las siguientes modalidades:
Tipo D-1: autoriza a conducir
tractores de llantas.
Tipo D-2: autoriza a conducir solo
tractores de oruga.
Tipo D-3: autoriza a conducir otros
tipos de equipo especial, no contemplados en las licencias D-1 o D-2.
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