ARTÍCULO
14.- Secretaría Técnica
Estará a
cargo de la
Dirección General de Migración y Extranjería, siendo su
máximo representante el director o la directora general, quien a su vez preside
la Conatt. La
Dirección General de Migración y Extranjería, con el apoyo de las demás
instituciones que integran la Conatt estipuladas en esta ley, aportarán a nivel
técnico y operativo lo necesario para el funcionamiento adecuado de la Secretaría Técnica,
de acuerdo con sus competencias respectivas.
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