Artículo 71.- Educación y Cultura Fiscal.
La Dirección General de Tributación debe promover y desarrollar todo lo
referente a la educación y cultura fiscal, así como implementar el Plan
Nacional de Educación Fiscal, promoviendo la conciencia ciudadana para el
cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y el ejercicio de una
ciudadanía participativa y responsable.
Para ello, debe establecer los procedimientos de coordinación necesarios
con los diferentes entes encargados de la educación a nivel nacional y con
otras instancias, donde pueda desarrollarse el tema para la implementación de
una estrategia nacional de Educación Fiscal, así como el planteamiento de la
revisión de los contenidos curriculares en Educación Fiscal.
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