Penas simples y
compuestas
Artículo 85.-Llámanse penas simples las que consisten en una sola
Imposición punitiva, aunque al enunciarlas
se indiquen con dos o más penas o grados penales, que señalen su extensión
mínima y máxima, y son compuestas o conjuntas, las que comprenden dos o más
imposiciones punitivas que deben ser aplicadas copulativamente.
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