Artículo
2º—La intervención será llevada a cabo por una Junta Interventora de cinco
miembros, la cual tendrá la siguiente integración:
a)
Manuel Herrera Mutis, cédula de identidad N° 9-0049-0419, quien es el
coordinador.
b)
Luis Ángel Achio Wong, cédula de identidad N° 6-0118-0771, quien será el
sub-coordinador.
c)
Vielka Rojas Hernández, cédula de identidad N° 6-0368- 0518, quien ejercerá
el cargo de secretaria.
d)
Ricardo Solís Porras, cédula de identidad N° 3-0247-0414.
e)
Yendry Carina Acevedo Díaz, cédula de identidad N° 6-0305- 0568.
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