DIRECCIÓN GENERAL DEL
ARCHIVO NACIONAL
COMISIÓN NACIONAL DE
SELECCIÓN Y
ELIMINACIÓN DE
DOCUMENTOS
Resolución
CNSED-01-2014.—Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos.—San
José a las nueve horas del nueve de abril del dos mil catorce.
Considerandos:
1º—Que de conformidad
con el artículo N° 2 de la Ley N° 7202, Ley del Sistema Nacional
de Archivos, esta resolución es de aplicación para los órganos del Sistema
Nacional de Archivos y de los Archivos de los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo,
y de los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad
de derecho público y privado.
2º—Que el artículo N°
3 de la Ley N° 7202, establece que todos los documentos con valor científico
cultural son bienes muebles y forman parte del patrimonio científico cultural
de Costa Rica, que la determinación del valor científico-cultural del documento
corresponderá a la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos y
que se consideran de valor científico-cultural aquellos documentos textuales,
manuscritos o impresos, gráficos, audiovisuales y legibles por máquina que, por
su contenido, sirvan como testimonio y reflejen el desarrollo de la realidad
costarricense.
3º—Que el artículo 31
de la Ley N° 7202, establece que la Comisión Nacional de Selección y
Eliminación de Documentos (CNSED) es el Órgano de la Dirección General del
Archivo Nacional, encargado de dictar las normas sobre selección y eliminación
de documentos, de acuerdo con su valor científico cultural.
4º—Que el artículo 35
de la Ley N° 7202 establece que todas las instituciones a que se refiere el
artículo 2o.
de la ley supracitada incluida la Dirección General
del Archivo Nacional, estarán obligadas a solicitar el criterio de la Comisión
Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cada vez que necesiten
eliminar algún tipo documental. También deberán considerar las resoluciones que
al respecto emita la Comisión Nacional, las que serán comunicadas por escrito,
por medio del Director General del Archivo Nacional.
5º—Que el artículo
120 del Reglamento a la Ley N° 7202 dispone que una de las funciones de la
Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos es dictar normas
sobre selección y eliminación de los documentos que producen las instituciones que
forman parte del Sistema Nacional de Archivos.
6º—Que el artículo
131 del Reglamento de cita, establece que las entidades productoras podrán
hacer sus consultas a través de la tabla de plazos de conservación, que es un
instrumento en el que constan todos los tipos documentales producidos o
recibidos en una oficina o institución, en el cual se anotan todas sus
características y se fija el valor administrativo y legal.
7º—Que el artículo
132 del Reglamento a la Ley N° 7202, dispone que una vez aprobadas las tablas
de plazos, las instituciones pueden eliminar los tipos documentales autorizados
sin consultar nuevamente a la Comisión. Sin embargo, las Tablas de Plazos
aprobadas deben someterse a una revisión, tanto del Comité Institucional, como
de la Comisión Nacional, cada cinco años, para determinar si los criterios
originales son aún válidos.
8º—Que el artículo
135 del Reglamento a la Ley N° 7202 establece que cada autorización para
eliminar documentos emanada de la Comisión Nacional comprenderá única y
exclusivamente los tipos documentales que expresamente se señalan en
ella.
9º—Que la Norma
3.2008 emitida mediante la Resolución CNSED-01-2009 publicada en La Gaceta N°
101 de 28 de mayo del 2009 indica que las eliminaciones posteriores a la
caducidad señalada para las tablas de plazos de conservación de documentos (5
años) se realizan al margen de la ley. Por tanto,
Con base en las
facultades que le confieren los artículos 31 de la Ley del Sistema Nacional de
Archivos y los artículos 120 y 131 de su Reglamento, la Comisión Nacional de
Selección y Eliminación de Documentos, mediante acuerdo N° 19, tomado en
la sesión 12- 2014 de 9 de abril de 2014 acordó emitir las siguientes normas,
de catamiento obligatorio para las instituciones que forman parte del Sistema
Nacional de Archivos:
01.2014. Establecer una
declaratoria general de tipos documentales con valor científico cultural en
todas las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense de
acuerdo con el documento “Sector Público Costarricense y su organización
publicado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica en
mayo del año 2010; de acuerdo con el siguiente detalle:
A. Series documentales que se declaran con valor
científico cultural en todos los órganos superiores o colegiados de las
instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos
originales y copia, en soporte papel y electrónico con firma digital avanzada
(este tipo de firma se refiere a los formatos oficiales establecidos por el
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en la “Política de
Formatos Oficiales de los Documentos Electrónicos Formados Digitalmente”
publicada en el Alcance Digital N° 92 de la edición N° 95 del Diario Oficial La
Gaceta).
1. Actas de órganos colegiados.
2. Expedientes de actas de órganos colegiados.
3. Correspondencia enviada y recibida.
4. Planes de trabajo de
la Auditoría. Los planes de trabajo de la Auditoría se deberán conservar en los
órganos superiores y/o en las áreas de Auditoría de las instituciones.
5. Informes de labores
de la Auditoría Interna y su evaluación. Los informes originales se deberán
conservar en los órganos superiores y/o en las áreas de Auditoría de las
instituciones.
6. Estados Financieros y
presupuestarios (presupuestos ordinarios y extraordinarios, modificaciones
presupuestarias). Los documentos originales de estados financieros y
presupuestarios aprobados así como las modificaciones presupuestarias
institucionales.
B. Series documentales que se declaran con valor científico
cultural en todas las Áreas de Planificación Institucional de las instituciones
que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos originales y copia,
en soporte papel y electrónico con firma digital avanzada.
1. Estudios técnicos para reorganizaciones. Porque demuestran los cambios en las estructuras orgánicas
de las instituciones.
2. Planes de corto, mediano y largo plazo. Los Planes Operativos Institucionales (Poi),
los Planes Anuales Operativos (Pao), los Planes Estratégicos Institucionales,
los proyectos de presupuesto; que contengan la aprobación del órgano superior
de la institución.
3. Planes estratégicos especiales. Por ejemplo los Planes de Tecnologías de la Información.
Deben contener la aprobación del órgano superior de la institución.
4. Expedientes de control interno. Los planes e informes institucionales de Control Interno, del
Sistema Específico de Valoración de Riesgo (Sevri),
de Seguimiento al Plan de Acciones de Mejora, de Avance de Mejora Regulatoria y
Simplificación de Trámites. Deben contener la aprobación del órgano superior de
la institución.
5. Evaluaciones. Los
informes de evaluación anual de los planes de corto, mediano, y largo plazo; de
los planes especiales y de los informes de control interno incluyendo la
evaluación presupuestaria y las modificaciones al presupuesto. Deben contener
la aprobación del órgano superior de la institución.
6. Matrices
de programación. Las matrices de programación
como MAPSESI, MAPSE, MAPI a criterio de la CNSED, por lo tanto, deberá
someterse a valoración de este órgano colegiado.
C. Series documentales que se declaran con valor científico
cultural en todas las Áreas de Auditorías Internas o Institucionales de las
instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos
originales y copia, en soporte papel y electrónico con firma digital
avanzada.
1. Informes de labores de la Auditoría Interna y
su evaluación.
Los informes de originales se deberán conservar en los órganos superiores y/o
en las áreas de Auditorías de las instituciones.
2. Informes de Auditoría Interna y seguimientos. Estas series documentales se declaran con valor científico
cultural, sin embargo, deberán ser sometidas a consulta de la CNSED y luego de
su análisis, este órgano colegiado determinará la muestra de informes y
seguimientos de Auditoría Interna relevantes relacionados con las actividades
sustantivas de la institución incluyendo los papeles de trabajo, que deberá ser
seleccionada a criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité de
Selección y Eliminación de Documentos (Cised).
3. Expedientes de estudios de Estados Financieros, Presupuesto y
otros financiero-contable. Se
declara con valor científico cultural una muestra máxima del 10% de los
expedientes de análisis más relevantes relacionados con las actividades
financieras de la institución, incluyendo los papeles de trabajo a criterio de
la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised).
4. Planes de trabajo de
la Auditoría.
Los planes de trabajo de la Auditoría se deberán conservar en los órganos
superiores y/o en las áreas de Auditoría de las instituciones.
D. Series documentales que se declaran con valor científico
cultural en todas las Áreas de Asesorías Legales, Jurídicas o Institucionales
de las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos
originales y copia, en soporte papel y electrónico con firma digital
avanzada.
1. Expedientes de
contrataciones administrativas. Los contratos originales y cualquier
documento relacionado con contrataciones administrativas sustantivas de la
institución. En las Proveedurías Institucionales deberá constar el expediente
original por lo tanto, los contratos y otros documentos relacionados deberán
completar los expedientes que se gestionan en las Proveedurías
Institucionales.
2. Convenios nacionales
e internacionales.
Los convenios nacionales e internacionales relacionados con actividades sustantivas
de la institución a criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el
Comité de Selección y Eliminación de Documentos (Cised).
Si esta serie documental se encuentra en algún órgano superior, se deberá
conformar una única serie en la Asesoría Legal, Jurídica o Institucional.
3. Criterios y
dictámenes legales.
Los criterios y dictámenes producidos por la Asesoría Legal, Jurídica o
Institucional relacionados con las actividades sustantivas de la institución a
criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised). No se deben
incluir los papeles de trabajo.
E. Series documentales que se declaran con valor científico
cultural en todas las Áreas de Recursos Humanos de las instituciones que conforman
el Sector Público Costarricense: Documentos originales y copia, en soporte
papel y electrónico con firma digital avanzada.
1. Expedientes de
personal y sus componentes de funcionarios activos, inactivos, fallecidos,
pensionados, entre otros. Esta serie documental deberá ser sometida a conocimiento
de la CNSED. Este órgano colegiado declarará una muestra de expedientes entre
el 5% y el 10% de acuerdo con el tamaño de la organización y que corresponda a
funcionarios destacados en el ejercicio de su función, relevancia de los
cargos, impacto de su labor y zona geográfica. La selección de la muestra será
a criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised). Se recomienda a
los Comités Institucionales de Selección y Eliminación de Documentos establecer
una vigencia administrativa legal para esta serie documental superior a 50
años. El expediente debe estar conformado principalmente por documentos
originales.
2. Informes de fin de
gestión. Los
informes de fin de gestión originales de funcionarios de mayor jerarquía y
relevancia en la institución.
3. Prontuarios de
personal. Esta
serie documental deberá ser sometida a conocimiento de la CNSED. Este órgano
colegiado declarará una muestra entre el 5% y el 10% de acuerdo con el tamaño
de la organización y que corresponda a funcionarios destacados en el ejercicio
de su función, relevancia de los cargos, ya que este tipo documental contiene
en forma resumida el historial laboral del personal de una institución y
complementa los expedientes de personal. La selección de la muestra será a
criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised).
F. Series documentales que se declaran con valor
científico cultural y que se encuentran presentes o son comunes en las
instituciones que conforman el Sector Público Costarricense:
1. Manuales de procedimientos.
Esta serie documental debe ser sometida a conocimiento de la CNSED. Este órgano
colegiado determinará el valor científico cultural de los manuales de
procedimientos de actividades técnicas especializadas. La selección será a
criterio de la Jefatura de la Oficina Productora y el Comité de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised).
2. Informes de Auditoría. Se declaran en él
órgano superior de la institución o en Auditoría Interna o institucional.
3. Expediente de control interno. Se declara en las
Áreas de Planificación Institucional.
4. Informe de programación financiera de la
ejecución presupuestaria institucional. Se declara en él órgano superior de la
institución o en Financiero Contable.
5. Planes operativos institucionales. Se declara en las
Áreas de Planificación Institucional.
6. Estados Financieros y presupuestarios
(presupuestos ordinarios y extraordinarios). Se declaran en los órganos
superiores de la institución cuando este tipo de documentos requieren de la
aprobación de estos órganos, de lo contrario se declara en la Dependencia
Productora (generalmente en el Área Financiero Contable).
Esta Comisión
Nacional entiende como documento en soporte electrónico el documento producido
con firma digital que aplique lo dispuesto en la Ley Nº 8454 “Ley de
Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, y en la “Política de
formatos oficiales de los documentos electrónicos firmados digitalmente”,
emitida por la Dirección de Certificados de Firma Digital del Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, publicado en el alcance 92 de La
Gaceta N° 95 de 20 de mayo de 2013.
En caso de que el
documento originalmente haya sido producido en soporte papel, se conservará
este soporte. En caso de que se digitalice el documento original producido en
soporte papel, esa digitalización deberá realizarse cumpliendo los lineamientos
que emita la Junta Administrativa del Archivo Nacional en esa materia. En
ningún momento se deberá entender que un documento digitalizado sustituye al
documento producido con las formalidades en soporte papel o con firma digital
avanzada y no implica la sustitución o la eliminación.
02.2014. Autorizar la
eliminación de las siguientes series documentales en todas las instituciones
que conforman el Sector Público Costarricense de acuerdo con el documento
“Sector Público Costarricense y su organización” publicado por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica en mayo del año 2010, cuando venza
la vigencia administrativa y legal establecida por los Comités Institucionales
de Selección y Eliminación de Documentos:
A. Series documentales que se pueden eliminar
cuando caduque la vigencia administrativa y legal otorgada por los Comités
Institucionales de Selección y Eliminación de Documentos de las entidades que
conforman el Sector Público Costarricense en todas sus Áreas de Planificación
Institucional:
1
|
Consecutivos o registros de correspondencia
interna y externa
|
2
|
Correspondencia
interna y externa (oficios y memorandos)
|
3
|
Plan de trabajo del
Área de Planificación
|
4
|
Manuales de
procedimientos del Área de Planificación
|
B. Series documentales
que se pueden eliminar cuando caduque la vigencia administrativa y legal
otorgada por los Comités de Selección y Eliminación de Documentos de las
entidades que conforman el Sector Público Costarricense en todas las Áreas de
Auditorías Internas o Institucionales:
1
|
Consecutivos o registros de correspondencia
interna y externa
|
2
|
Correspondencia
interna y externa (oficios y memorandos)
|
3
|
Manuales de
procedimientos del Área de Auditoría
|
4
|
Circulares
|
5
|
Políticas y
Directrices
|
6
|
Plan Anual
Operativo del Área de Auditoría
|
7
|
Conciliaciones
bancarias
|
C. Series documentales
que se pueden eliminar cuando caduque la vigencia administrativa y legal
otorgada por los Comités de Selección y Eliminación de Documentos de las
entidades que conforman el Sector Público Costarricense en todas sus Áreas de
Asesorías Legales, Jurídicas o Institucionales:
1
|
Acuerdos de viaje
|
2
|
Circulares
|
3
|
Consecutivos
o registros de correspondencia interna y externa
|
4
|
Correspondencia
interna y externa (oficios y memorandos)
|
5
|
Resoluciones tales como:
|
5.1
|
Relativas a temas de recursos
humanos
|
5.2
|
De la Junta Directiva, Gerencia
General, etc.
|
6
|
Trámites judiciales relacionados con:
|
6.1
|
Recursos de amparo
|
6.2
|
Acciones de inconstitucionalidad
|
6.3
|
Demandas judiciales laborales
|
6.4
|
Demandas civiles
|
6.5
|
Demandas contenciosas
|
7
|
Decretos
ejecutivos, directrices, leyes, reglamentos, procedimientos
|
8
|
Expedientes relacionados con:
|
8.1
|
Administrativos (no trasciende a lo
judicial)
|
8.2
|
Juicios
(civiles, laborales, administrativo desahucio, sumario, recursos de amparo, contenciosos,
etc.)
|
D. Series documentales que se pueden eliminar
cuando caduque la vigencia administrativa y legal otorgada por los Comités de
Selección y Eliminación de Documentos de las entidades que conforman el Sector
Público Costarricense en todas sus Áreas de Recursos Humanos:
1
|
Circulares
|
2
|
Consecutivos o registros de correspondencia
interna y externa
|
3
|
Contratos, expediente o similar de estudio
o capacitación, becas e inducciones (nacionales e internacionales)
|
4
|
Correspondencia
interna y externa (oficios y memorandos)
|
5
|
Documento que registre la asistencia del
personal, reportes y justificaciones de ausencias
|
6
|
Escalas y
resoluciones salariales
|
7
|
Estudios, certificaciones y constancias en general,
documentos que pueden ser denominados como:
|
7.1
|
Estudios de
salarios
|
7.2
|
De incapacidades
|
7.3
|
Certificaciones de
incapacidades del INS
|
7.4
|
Estudios de
devoluciones de renta
|
7.5
|
De pensiones no
retiradas
|
7.6
|
De asignación de
puestos
|
7.7
|
Resoluciones sobre
clasificaciones de puestos
|
7.8
|
Estudios de
atinencia y rango de aplicación
|
7.9
|
Estudios de vida y
costumbre
|
7.10
|
Estudio
de ascensos en puestos interino o en propiedad
|
7.11
|
Certificaciones de
salarios
|
7.12
|
Estudio
de reconocimiento del incentivo por instrucción
|
7.13
|
Estudio de pago por
incentivo de zonaje
|
7.14
|
Estudios
de clima organizacional
|
8
|
Expediente
de carrera profesional y administrativa. Entre los documentos que se pueden
encontrar en esta serie documental están:
|
8.1
|
Contrato de
dedicación exclusiva
|
8.2
|
Resolución
de reconocimiento de dedicación exclusiva
|
8.3
|
Contrato por
prohibición
|
8.4
|
Resolución de
reconocimiento de prohibición
|
8.5
|
Resoluciones
de acreditación de carreras y títulos en el Servicio Civil
|
8.6
|
Resolución
de reconocimiento de puntos de carrera profesional
|
8.7
|
Pronunciamientos de
carrera docente
|
9
|
Expediente de denuncia por robos en las
oficinas
|
10
|
Expediente de trámite y cálculo de
prestaciones
|
11
|
Expedientes de concursos internos y
externos
|
12
|
Expedientes
de evaluación de desempeño, cuadros resúmenes, etc.
|
13
|
Expedientes
de ofertas de servicios (curriculas, hojas de vida,
etc.) y de reclutamiento en general. En esta serie documental se pueden
encontrar los siguientes documentos:
|
13.1
|
Telegramas y/o
comunicados de nombramiento
|
13.2
|
Nómina o terna de
nombramiento
|
13.3
|
Expedientes de
reclutamiento
|
13.4
|
Pedimentos de
personal
|
13.5
|
Registros de
elegibles
|
14
|
Expedientes
de reclamos y cobros administrativos, compuestos por documentos como los
siguientes:
|
14.1
|
Informe
sobre resoluciones de reclamos administrativos, y recursos de amparo
|
14.2
|
Resoluciones
de apelaciones contra disposiciones de Recursos Humanos
|
14.3
|
Resoluciones de
reclamos administrativos
|
14.4
|
Resoluciones de
despidos
|
14.5
|
Recursos de amparo
|
14.6
|
Contenciosos
administrativos
|
14.7
|
Informes
de cumplimiento de resoluciones de recursos de amparo y otras resoluciones de
la Sala Constitucional
|
14.8
|
Expedientes
de cobro administrativo a funcionarios activos e inactivos
|
14.9
|
Amparos de
legalidad
|
15
|
Inventarios de activos
|
16
|
Expediente
de capacitación (Plan de capacitación e informes de capacitaciones)
|
17
|
Informes de labores, entre los que se
destacan:
|
17.1
|
Del
Área de Recurso Humanos (diarios, mensuales, trimestrales, semestrales y
anuales)
|
17.2
|
De
los funcionarios del Área de Recursos Humanos (diarios, mensuales,
trimestrales, semestrales, anuales)
|
18
|
Informes de salud ocupacional
|
19
|
Informe
de programación financiera de la ejecución presupuestaria del Área de
Recursos Humanos
|
20
|
Manuales de procedimientos
|
21
|
Minutas de reuniones del Área de Recursos
Humanos
|
22
|
Plan Operativo
Anual del Área de Recursos Humanos
|
23
|
Planillas (CCSS,
INS, salarios, pagos de créditos, pagos de pensiones alimenticias, entre
otros)
|
24
|
Reportes y
controles, como por ejemplo los que se detallan a continuación:
|
24.1
|
De llamadas
|
24.2
|
Listas de correos
|
24.3
|
Tarjeta de control interno de
relación de puestos
|
24.4
|
Bitácoras de horas extra
|
24.5
|
Registros de títulos universitarios
|
24.6
|
Registros de expedientes devueltos
|
24.7
|
Reportes de incapacidades
|
24.8
|
Libro control de pagos de
prestaciones
|
24.9
|
Listados de expedientes
|
24.10
|
Listados de pagos de días feriados
|
24.11
|
Comprobantes de pago
|
24.12
|
Asistencia del personal
|
25
|
Reglamentos,
directrices, leyes
|
26
|
Solicitudes de
trámites como por ejemplo: disponibilidad, solicitudes de reconocimiento de
sobresueldo y pluses salariales, ascensos y descensos, reasignaciones,
reclasificaciones. En esta serie documental se pueden encontrar los
siguientes documentos:
|
26.1
|
Vacaciones
|
26.2
|
Formulario para pago de tiempo
extraordinario
|
26.3
|
Certificados deliberación de giros
|
26.4
|
Formulario de requerimientos para
incapacidades
|
26.5
|
Resoluciones administrativas
|
26.6
|
Solicitud de propuestas de
nombramientos
|
26.7
|
Formulario de solicitudes de recargo
|
26.8
|
Formularos de solicitudes de rebajo
salarial
|
26.9
|
Formularios de permutas
|
26.10
|
Formulario Traslado por excepción
|
26.11
|
Solicitud de adelanto y liquidación
de viáticos
|
26.12
|
Boletas de asignación de activos
|
26.13
|
Boleta de préstamo de expedientes
|
26.14
|
Solicitudes de materiales,
mercancías y/o pedido
|
26.15
|
Formulario de solicitud de vehículo
|
26.16
|
Boleta de traslado de equipo,
mobiliario y/o herramientas
|
26.17
|
Permisos o licencias con y sin goce
de salario (expedientes)
|
26.18
|
Solicitud de readecuación de
funciones (expediente)
|
26.19
|
Solicitud de reubicaciones por salud
o por funciones especiales (expediente)
|
26.20
|
Solicitudes de licencias tipificadas
en el Estatuto y Reglamento del Servicio Civil (expedientes)
|
26.21
|
Solicitudes de licencias total
temporal y total permanente (expedientes)
|
26.22
|
Solicitudes de licencias por
maternidad y/o adopción
|
26.23
|
Solicitud de pago de días feriados
|
26.24
|
Solicitudes de reajuste de salarios
|
26.25
|
Solicitud de exclusión de pagos
|
26.26
|
Solicitud de reconocimiento de
anualidades
|
26.27
|
Constancias (salario, tiempo
laborado, vacaciones, etc.)
|
Se aclara que las
series documentales incluidas en la norma 01.2014, deben ser incorporadas en
las tablas de conservación de documentos de cada Comité Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
presente ante esta Comisión Nacional, las cuales serán analizadas de acuerdo
con los criterios antes expuestos. Asimismo, es criterio de los Cised incluir o no las series documentales anotadas en la
norma 02.2014,
Finalmente, se aclara
que las series documentales que no
fueron incluidas en las normas 01.2014 y 02.2014 deberán ser sometidas a
consulta de esta Comisión Nacional.