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 Normativa >> Reglamento 14 >> Fecha 03/03/2016 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento 14 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3- Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se define lo siguiente:

1) Activos: Son recursos controlados por una entidad, como consecuencia de hechos pasados, y de los cuales se espera obtener en el futuro, beneficios económicos o potencial de servicio.

2) Activo intangible: Es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física.

3) Activos tangibles: Es la propiedad planta y equipo que posee la Institución para su uso en la realización de las funciones que le exige la ley, o para propósitos administrativos, y se espera que serán utilizados durante más de un período contable.

4) Baja en bienes de propiedades, planta y equipo o activos intangibles: Es la disposición de un elemento de propiedades, plantas y equipo, por motivo de desecho, extravío o robo.

5) Conservación: Condiciones apropiadas de uso, de acuerdo con su naturaleza, para lo que se les brindará mantenimiento preventivo, correctivo y sistemático, según corresponda.

6) Costo: El importe de efectivo o equivalente al efectivo, o bien el valor razonable de otra contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción.

7) Costo de adquisición: El precio pagado por los bienes y los gastos necesarios para tener el activo en lugar y condiciones que permitan su funcionamiento.

8) Custodio: Es el funcionario responsable de controlar, cuidar, proteger y vigilar diligentemente los activos que se le han asignado.

9) Desecho: Consiste en descartar o botar un activo porque ya no se le considera útil, por razones de obsolescencia o deterioro.

10) Deterioro de un elemento de propiedad, planta y equipo e intangibles: Aquel que en virtud de su estado físico, obsolescencia técnica, tecnológica, comercial o de otro tipo, posee un valor en libros superior a su valor razonable.

11) Deterioro del valor del bien: Es una pérdida en los beneficios económicos futuros o potenciales de servicio de un activo, que refleja una disminución en la utilidad de un activo para la entidad que lo controla.

12) Depreciación: Es la distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil.

13) Edificio: Construcción o sus mejoras, dedicada a albergar distintas actividades humanas, propiedad de la Institución o cuando ejerce como arrendatario.

14) Equipo: Conjunto de máquinas y dispositivos que se necesitan para llevar a cabo tareas propias de la Institución.

15) Finanzas: Es la Dirección de Finanzas de la Aresep y la unidad administrativa de Finanzas de la Sutel.

16) Formulario de movimientos de activos: Instrumento utilizado para la entrega, traslado o devolución de los activos. Dicho documento podrá ser emitido en forma física o digital, cuando el funcionario cuente con firma digital. Una vez que se implemente un sistema informático, el formulario podrá ser confeccionado y gestionado electrónicamente y la firma será de forma digital.

17) Hardware: Todas las partes de un sistema informático; sus componentes son: eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos. Son cables, gabinetes o cajas, periféricos de todo tipo y cualquier otro elemento físico involucrado. Se entiende, además de las computadoras de escritorio, computadoras personales, dispositivos móviles, impresoras, los dispositivos USB, datacards, y otros que, por su naturaleza, tengan esa condición.

18) Institución: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).

19) Inventario: Listado que contiene el recuento del total de la propiedad planta y equipo y los activos intangibles de la Institución a determinada fecha como resultado de una toma física y que detalla el tipo o nombre del bien, el estado, el número de identificación del bien, la descripción o características específicas y el nombre del funcionario responsable.

20) Jerarca Superior Administrativo: El Regulador General para todos los funcionarios de la Aresep, excepto para: el Auditor Interno, el sub auditor y los miembros del Consejo de la Sutel. Para estos últimos, el Jerarca Superior Administrativo es la Junta Directiva de la Aresep. En el caso de los funcionarios de la Superintendencia de Telecomunicaciones, el Jerarca Superior Administrativo es el Consejo de la Sutel.

21) Licencia: Contrato entre el titular del derecho de autor (propietario) y el usuario del programa informático (usuario final), para utilizar éste en una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas.

22) Mantenimiento: Proceso preventivo o correctivo que permite el buen funcionamiento de un activo o servicio y prolonga su vida útil.

23) Mobiliario: Conjunto de muebles e instalaciones compradas o recibidas en donación por la Institución para su operación.

24) Obras en proceso: Obras de infraestructura y desarrollo de activos intangibles que son propiedad de la Institución.

25) Periodo de amortización y método de amortización: El importe depreciable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil

26) Potencial de servicio: Los activos empleados para suministrar bienes y servicios de acuerdo con los objetivos de la entidad, pero que no generan directamente flujos de entrada de efectivo.

27) Proveeduría: Es el Departamento de Proveeduría de la Aresep y la unidad de Proveeduría y Servicios Generales de la Sutel.

28) Reconocimiento de activo intangible: Se reconocerá si es probable que los beneficios económicos futuros o potencial de servicio que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad, y si el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de forma fiable.

29) Reconocimiento de propiedades, planta y equipo como activo: Cuando es probable que la entidad reciba beneficios económicos o potenciales servicios asociados al activo y cuando el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de forma viable.

30) Registro: Proceso mediante el cual los datos de cada activo quedan debidamente documentados e ingresados en el sistema contable.

31) Reparación: Es la acción y el efecto de reparar objetos que no funcionan correctamente o que fueron mal hechos.

32) Servicios Generales: Es el Departamento de Servicios Generales de la Aresep y la unidad de Proveeduría y Servicios Generales de la Sutel.

33) Software: Conjunto de instrucciones detalladas que controlan la operación de un sistema computacional. Equipamiento lógico de un sistema informático, que incluyen, las aplicaciones informáticas.

34) Tecnologías de Información: Es la Dirección de Tecnologías de Información de la Aresep y la unidad administrativa de Tecnologías de Información, de la Sutel.

35) Terreno: Una clase de elemento perteneciente a propiedades planta y equipo, es un conjunto de activos de similar naturaleza o función en las operaciones de una entidad.

36) Valor razonable: Es el importe por el que puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes conocedoras e interesadas, que actúan en condiciones de independencia mutua.

37) Valor residual: Es el importe estimado, que una entidad podría obtener en un momento por la disposición del activo, después de deducir los costos estimados de la disposición, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las condiciones esperadas al término de su vida útil.

38) Vida útil: El período durante el cual se espera que un activo esté disponible para su uso por una entidad.

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