Artículo 3- Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se
define lo siguiente:
1) Activos: Son recursos controlados por una entidad, como consecuencia
de hechos pasados, y de los cuales se espera obtener en el futuro, beneficios económicos
o potencial de servicio.
2) Activo intangible: Es un activo identificable, de carácter no
monetario y sin apariencia física.
3) Activos tangibles: Es la propiedad planta y equipo que posee la
Institución para su uso en la realización de las funciones que le exige la ley,
o para propósitos administrativos, y se espera que serán utilizados durante más
de un período contable.
4) Baja en bienes de propiedades, planta y equipo o activos intangibles:
Es la disposición de un elemento de propiedades, plantas y equipo, por motivo
de desecho, extravío o robo.
5) Conservación: Condiciones apropiadas de uso, de acuerdo con su
naturaleza, para lo que se les brindará mantenimiento preventivo, correctivo y
sistemático, según corresponda.
6) Costo: El importe de efectivo o equivalente al efectivo, o bien el
valor razonable de otra contraprestación entregada, para comprar un activo en
el momento de su adquisición o construcción.
7) Costo de adquisición: El precio pagado por los bienes y los gastos
necesarios para tener el activo en lugar y condiciones que permitan su
funcionamiento.
8) Custodio: Es el funcionario responsable de controlar, cuidar,
proteger y vigilar diligentemente los activos que se le han asignado.
9) Desecho: Consiste en descartar o botar un activo porque ya no se le
considera útil, por razones de obsolescencia o deterioro.
10) Deterioro de un elemento de propiedad, planta y equipo e
intangibles: Aquel que en virtud de su estado físico, obsolescencia técnica,
tecnológica, comercial o de otro tipo, posee un valor en libros superior a su
valor razonable.
11) Deterioro del valor del bien: Es una pérdida en los beneficios
económicos futuros o potenciales de servicio de un activo, que refleja una
disminución en la utilidad de un activo para la entidad que lo controla.
12) Depreciación: Es la distribución sistemática del importe depreciable
de un activo a lo largo de su vida útil.
13) Edificio: Construcción o sus mejoras, dedicada a albergar distintas
actividades humanas, propiedad de la Institución o cuando ejerce como
arrendatario.
14) Equipo: Conjunto de máquinas y dispositivos que se necesitan para
llevar a cabo tareas propias de la Institución.
15) Finanzas: Es la Dirección de Finanzas de la Aresep y la unidad
administrativa de Finanzas de la Sutel.
16) Formulario de movimientos de activos: Instrumento utilizado para la
entrega, traslado o devolución de los activos. Dicho documento podrá ser
emitido en forma física o digital, cuando el funcionario cuente con firma
digital. Una vez que se implemente un sistema informático, el formulario podrá
ser confeccionado y gestionado electrónicamente y la firma será de forma
digital.
17) Hardware: Todas las partes de un sistema informático; sus
componentes son: eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos. Son
cables, gabinetes o cajas, periféricos de todo tipo y cualquier otro elemento
físico involucrado. Se entiende, además de las computadoras de escritorio,
computadoras personales, dispositivos móviles, impresoras, los dispositivos
USB, datacards, y otros que, por su naturaleza, tengan esa condición.
18) Institución: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep)
y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).
19) Inventario: Listado que contiene el recuento del total de la
propiedad planta y equipo y los activos intangibles de la Institución a
determinada fecha como resultado de una toma física y que detalla el tipo o
nombre del bien, el estado, el número de identificación del bien, la
descripción o características específicas y el nombre del funcionario
responsable.
20) Jerarca Superior Administrativo: El Regulador General para todos los
funcionarios de la Aresep, excepto para: el Auditor Interno, el sub auditor y
los miembros del Consejo de la Sutel. Para estos últimos, el Jerarca Superior Administrativo
es la Junta Directiva de la Aresep. En el caso de los funcionarios de la
Superintendencia de Telecomunicaciones, el Jerarca Superior Administrativo es
el Consejo de la Sutel.
21) Licencia: Contrato entre el titular del derecho de autor (propietario)
y el usuario del programa informático (usuario final), para utilizar éste en
una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas.
22) Mantenimiento: Proceso preventivo o correctivo que permite el buen
funcionamiento de un activo o servicio y prolonga su vida útil.
23) Mobiliario: Conjunto de muebles e instalaciones compradas o
recibidas en donación por la Institución para su operación.
24) Obras en proceso: Obras de infraestructura y desarrollo de activos
intangibles que son propiedad de la Institución.
25) Periodo de amortización y método de amortización: El importe
depreciable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá
sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil
26) Potencial de servicio: Los activos empleados para suministrar bienes
y servicios de acuerdo con los objetivos de la entidad, pero que no generan
directamente flujos de entrada de efectivo.
27) Proveeduría: Es el Departamento de Proveeduría de la Aresep y la
unidad de Proveeduría y Servicios Generales de la Sutel.
28) Reconocimiento de activo intangible: Se reconocerá si es probable
que los beneficios económicos futuros o potencial de servicio que se han
atribuido al mismo fluyan a la entidad, y si el valor razonable o el costo del
activo puedan ser medidos de forma fiable.
29) Reconocimiento de propiedades, planta y equipo como activo: Cuando
es probable que la entidad reciba beneficios económicos o potenciales servicios
asociados al activo y cuando el valor razonable o el costo del activo puedan
ser medidos de forma viable.
30) Registro: Proceso mediante el cual los datos de cada activo quedan
debidamente documentados e ingresados en el sistema contable.
31) Reparación: Es la acción y el efecto de reparar objetos que no
funcionan correctamente o que fueron mal hechos.
32) Servicios Generales: Es el Departamento de Servicios Generales de la
Aresep y la unidad de Proveeduría y Servicios Generales de la Sutel.
33) Software: Conjunto de instrucciones detalladas que controlan la
operación de un sistema computacional. Equipamiento lógico de un sistema
informático, que incluyen, las aplicaciones informáticas.
34) Tecnologías de Información: Es la Dirección de Tecnologías de Información
de la Aresep y la unidad administrativa de Tecnologías de Información, de la
Sutel.
35) Terreno: Una clase de elemento perteneciente a propiedades planta y
equipo, es un conjunto de activos de similar naturaleza o función en las
operaciones de una entidad.
36) Valor razonable: Es el importe por el que puede ser intercambiado un
activo o cancelado un pasivo, entre partes conocedoras e interesadas, que
actúan en condiciones de independencia mutua.
37) Valor residual: Es el importe estimado, que una entidad podría
obtener en un momento por la disposición del activo, después de deducir los
costos estimados de la disposición, si el activo ya hubiera alcanzado la
antigüedad y las condiciones esperadas al término de su vida útil.
38) Vida útil: El período durante el cual se espera que un activo esté
disponible para su uso por una entidad.