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 Normativa >> Reglamento 03 >> Fecha 18/03/2016 >> Articulo 111
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Normativa - Reglamento 03 - Articulo 111
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Artículo 111
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Artículo 111.—Este reglamento rige a partir de la aprobación de la Junta Directiva de la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de Alajuela. Deroga cualquier disposición anterior que se le opusiere. Se complementa con las disposiciones que dicte la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de Alajuela en esta materia.

Aprobado por la Junta Administradora del Cementerio General y La Rosas de Alajuela, en la sesión ordinaria número JACA-03-2016 celebrada el día 18 de marzo de 2016.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

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