Artículo 111.—Este reglamento rige a partir de la aprobación de la Junta
Directiva de la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de
Alajuela. Deroga cualquier disposición anterior que se le opusiere. Se
complementa con las disposiciones que dicte la Junta Administradora del
Cementerio General y Las Rosas de Alajuela en esta materia.
Aprobado por la Junta Administradora del Cementerio General y La Rosas
de Alajuela, en la sesión ordinaria número JACA-03-2016 celebrada el día 18 de marzo
de 2016.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
|