CAPÍTULO XI
De la solicitud de prórroga del permiso precario de uso de lote con o
sin bóveda.
Artículo 69.—Para realizar trámite de solicitud de prórroga de un
permiso precario de lote con o sin bóveda, el permisionario deberá estar al día
en los pagos de mantenimiento y no tener ningún tipo de deuda con la Junta, ya
sea por reparaciones, entierros, exhumaciones, inhumaciones o de cualquier otro
servicio que preste la Junta.
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