ARTÍCULO 5°.- Creación del Grupo Multisectorial. Para la implementación de la Iniciativa CoST se crea el Grupo Multisectorial
igualitario y tripartito, el cual fungirá como órgano máximo de coordinación de
la Iniciativa CoST y deberá regir su actuación con apego a las políticas y
principios del Programa CoST Internacional y al ordenamiento jurídico
costarricense. El Ministerio de la Presidencia facilitará los recursos
materiales y humanos para la adecuada labor inicial del Grupo Multisectorial.
|