51
Artículo 51- La familia, como elemento natural y fundamento
de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente,
tendrán derecho a esa protección la madre, el niño y la niña, las personas
adultas mayores y las personas con discapacidad.
(Así reformado
por el artículo único de la ley N° 9697 del 16 de julio de 2019, “Reforma artículo 51 de la Constitución Política para
garantizar la protección especial del Estado a las personas con discapacidad”)
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